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Costos de salón de clases podrían compensarse con deducción de gastos de educador

Actualizado: 27 ago

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Regresa la temporada escolar: ¿Sabías que los educadores pueden deducir gastos de su bolsillo en sus impuestos?


La deducción de gastos de educador permite que los maestros y administradores elegibles descuenten ciertos gastos directamente de sus impuestos.


¿Quiénes califican?


Para ser considerado educador elegible, el contribuyente debe cumplir con lo siguiente:

  • Ser maestro, instructor, consejero, director o asistente desde preescolar hasta grado 12.

  • Haber trabajado al menos 900 horas durante el año escolar en una escuela que brinde educación primaria o secundaria reconocida por la ley estatal.


¿Cuánto se puede deducir?


  • Los educadores pueden deducir hasta $300 por gastos calificados que no fueron reembolsados por su empleador, una subvención u otra fuente.

  • Si dos educadores casados presentan declaración conjunta, el límite sube a $600 (pero cada uno no puede deducir más de $300).


    Gastos que califican


Se consideran gastos deducibles aquellos pagados directamente por el educador durante el año tributario, como por ejemplo:


  • Cursos de desarrollo profesional

  • Libros y materiales escolares

  • Equipo de cómputo (incluye software y servicios relacionados)

  • Otros equipos y materiales utilizados en el salón de clases


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